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Buenos Aires

Comenzó a regir el nuevo “dólar soja”

Se publicó en el Boletín Oficial la resolución que restablece el Programa de Incremento Exportador, pero bajo un nuevo esquema que no establece un tipo de cambio fijo.

05-09-2023

Se publicó en el Boletín Oficial la resolución que restablece el Programa de Incremento Exportador, pero bajo un nuevo esquema que no establece un tipo de cambio fijo.

En tal sentido, el Gobierno aclaró que podrán incluirse en el programa mercaderías que se hayan comercializado tanto de manera previa o posterior a la fecha de entrada en vigencia del decreto, aun sin estar perfeccionadas, así como la compraventa con precio en pesos “a fijar”.

Mecanismo más complejo

La novedad es que se confirma un mecanismo completamente distinto al que rigió en las etapas anteriores, cuando el Gobierno estableció un tipo de cambio determinado para las operaciones de ventas de la oleaginosa.

Ahora, se trata de un mecanismo un poco más complejo, según el siguiente detalle:

  • El 75% del contravalor de la exportación de las mercaderías, incluidos los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación, que sean objeto de adhesión al Programa, deberá ingresarse al país en divisas y negociarse a través del Mercado Libre de Cambios (MLC).
  • En tanto que el 25% restante será de libre disponibilidad.

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