Rosario

Soja:  $303.000,00 - Maiz: $210.000,00 - Sorgo: (Estimativo) $201.000,00 - Trigo: $220.800,00 - Girasol: (Estimativo) $340.000,00

Buenos Aires

Qué dice la "Ley Milei" sobre las retenciones

Milei pide en el proyecto la potestad de poder modificar las retenciones sin pasar por el Congreso durante todo su mandato, pudiendo eliminarlas pero también aumentarlas para los sectores que quedan hoy excluidos, hasta un máximo del 15%.

28-12-2023

Los artículos en los que el Ejecutivo detalla sus intenciones ante el Congreso para modificar los derechos de exportación van del 200 al 207 y disponen en primer término que se aumentan todas las alícuotas de retenciones hasta el 15%, para todas las mercaderías que aún no estén gravadas por este tributo o aquellas que venían pagando menos que ese valor, como todos los cereales (trigo, maíz, sorgo, cebada), el girasol y las carnes.

En este marco, las excepciones dispuestas en los diversos artículos son las siguientes:

  • La soja, que se confirma que pasa a tributar 33% en todas sus exportaciones, tanto de granos (ya pagaba esa alícuota), como de aceite y harinas (hasta ahora abonaba 31%).
  • Los hidrocarburos y la minería, que mantendrán la vigencia de los derechos de exportación actualmente vigentes.
  • El complejo vitivinícola y el aceite esencial de limón, economías regionales que lograron reducir el aporte que tendrán que realizar del 15% al 8% (en los últimos meses, habían eximidas por el exministro Sergio Massa en el marco de su campaña electoral presidencial).
  • Los complejos olivícola, arrocero, cueros bovinos, lácteo, frutícola, hortícola, porotos, lentejas, arveja, papa, ajo, garbanzos, miel, azúcar, yerba mate, té, equinos y lana, que mantendrán un 0% de alícuota.

Esto significa definitivamente que hay economías regionales clave por su aporte de divisas, como el maní o la industria forestal, o con un fuerte impacto regional, como el algodón, que quedaron incluidas dentro del régimen del 15%.

Los plazos

En este contexto, lejos de establecer un cronograma de reducción o eliminación de este impuesto, lo único que incluye el gigantesco texto normativo elaborado por el Poder Ejecutivo es un artículo en el que pide al Congreso que le delegue la facultad de “reducir la alícuota de derechos de exportación de todas aquellas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur, hasta el 0%”.

Esto “con el objeto de estimular, en virtud de las circunstancias económicas imperantes, el desarrollo de determinados sectores”, argumenta.

No obstante, solicita que le deleguen también la facultad de incrementarlas, eventualmente, “a los efectos de garantizar la sostenibilidad fiscal”, autoimponiéndose un límite de 15%.

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