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Argentina

El Gobierno oficializó la intervención del Instituto de Agricultura Familiar, Campesina e Indígena

El Poder Ejecutivo publicó el decreto que establece los motivos por los que se avanza en la decisión y cuáles serán las funciones que ejercerá la interventora designada para tal fin.

03-04-2024

A través del decreto 285/2024 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Javier Milei, el Gobierno nacional finalmente formalizó la intervención del Instituto Nacional de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena.

Por ahora, la medida no establece -tal como se anunció hace dos semanas- el cierre del organismo, e incluso abre la puerta a su posible continuidad.

Pero sí dispone que habrá una intervención del mismo por 90 días, y que durante ese plazo se realizará una investigación de su funcionamiento para establecer si corresponde o no esa continuidad, y bajo qué parámetros.

En los fundamentos para esta determinación, el Poder Ejecutivo fue duro en relación al pasado reciente del Instituto -que fue creado a fines de 2022-, al deslizar que en muchos casos personal de esa dependencia habría avalado ocupaciones de tierras fiscales y privadas, o de parques nacionales.

EL INSTITUTO DE AGRICULTURA FAMILIAR, INTERVENIDO

En concreto, a la hora de justificar esta intervención, el Gobierno sostiene que muchos de los programas y acciones que venía desarrollando este organismo eran ejecutados por “el propio personal del Instituto quien busca y detecta al potencial beneficiario, lo asesora, lo guía e impulsa la tramitación”.

El problema, según la interpretación de la administración de Milei, es que “dicho accionar da lugar a beneficiar discrecionalmente a determinadas personas u organizaciones vinculadas a los agentes que intervendrían en los procesos de asignación”.

Y allí es donde viene la acusación más grave: “La instancia con competencia en la materia ha informado sobre situaciones de ocupación de tierras fiscales provinciales o municipales y/o tierras privadas, ya sea con permiso o sin él, en adjudicación de venta; campos comuneros; aparcerías precarias; comunidades indígenas; sucesiones indivisas, entre otros casos”.

Asimismo, “la autoridad también ha informado otros casos especiales como la ocupación de Áreas Naturales Protegidas, con la gravedad institucional que conlleva”.

Por estos motivos, el Gobierno considera que “corresponde realizar un análisis minucioso sobre los programas con financiamiento externo, como así también con relación a su nivel de ejecución, estado de avance de las obras y prestaciones otorgadas de transferencias de aportes no reintegrables (ANR)”.

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